Para los Comuneros integrados en nuestra Comunidad que tributen en el régimen de módulos, resulta de aplicación la reducción de 0,8 en el cálculo del rendimiento neto contenida en la orden HAC/1155/2020, por lo que respecta a los consumos generales de la Comunidad en la elevación de agua de riego desde su captación hasta el abastecimiento a los comuneros.
Si alguno tiene contratos adicionales energéticos, deberá verificar que cumple también en ellos con los requisitos establecidos en la Orden antes de aplicarse la reducción.
Acompañamos la Orden y la consulta vinculante que regula la reducción indicada.
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